¿Qué es la Ley Ricarte Soto?
Es un sistema de Protección Financiera para Diagnósticos y Tratamientos de Alto Costo y garantiza el diagnóstico y tratamiento de 27 enfermedades, dirigida a los beneficiarios y beneficiarias de todos los sistemas previsionales chilenos de salud (Fonasa, ISAPRE, Dipreca o Capredena), sin importar su situación económica.
¿Cómo se puede acceder?
- El tratamiento requerido debe encontrarse financiado por la Ley Ricarte Soto.
- El médico especialista tratante se debe inscribir en el sistema informático de la Ley Ricarte Soto.
- El médico especialista hará la postulación de la persona beneficiaria al Sistema a través del formulario dispuesto en la plataforma del sitio electrónico del FONASA.
- El médico especialista tratante recibirá la respuesta del Comité de Expertos Clínicos del Prestador Aprobado o del centro confirmador, según corresponda para la incorporación.
- Con la notificación positiva se activa el beneficio para que acceda a la entrega de los tratamientos.
¿Qué cubre la Ley Ricarte Soto?
Cubre el 100% del valor de los medicamentos, dispositivos médicos o alimentos de alto costo, que se encuentran expresamente garantizados por cada problema de salud definido, según el decreto que los fija. Para algunos de estos problemas de salud, también garantiza la cobertura del examen de confirmación diagnóstica definido, exámenes específicos que, siendo también de alto costo, le permitirán verificar si tiene el problema de salud.
¿Cómo sabré que mi tratamiento de alto costo tendrá protección financiera?
Es responsabilidad del médico tratante informar sobre las prestaciones garantizadas de la Ley Ricarte Soto. Además puede consultar a través de los canales de atención disponibles en Superintendencia de Salud, Ministerio de Salud y Fonasa
¿Qué condiciones me dejan fuera de la Ley Ricarte Soto?
No tendrán esta protección financiera aquellos que no están dentro del listado de prestaciones garantizadas para cada problema de salud definidas por el Ministerio de Salud y aquellas que, teniendo cobertura por el decreto, queden sujetas a las leyes y coberturas especiales, como la Ley de Accidentes Laborales o Enfermedades Profesionales.
En Sermecoop, queremos que estés informado, por eso respondemos algunas preguntas esenciales sobre esta Ley y sus alcances.
Fuente: http://leyricartesoto.fonasa.cl/