Promulgada por el Presidente Gabriel Boric el pasado 2 de marzo, la nueva Ley TEA ya es una realidad. Esta normativa asegura el derecho a la igualdad de oportunidades y resguarda la inclusión social de los niños, niñas, adolescentes y adultos con trastorno del espectro autista (TEA), eliminando cualquier forma de discriminación.
Esta ley es la primera que regula los derechos de las personas diagnosticadas con TEA, además de reconocer explícitamente el rol de las cuidadoras y cuidadores.
Temas fundamentales de la ley
- Se desarrollará progresivamente la red de servicios para poder hacer tamizaje, diagnóstico y atención específica del TEA para niños, niñas, adolescentes y personas adultas (curso de vida).
- Esto se financiará mediante el presupuesto asignado a esta Ley y lo que se contemple anualmente en la ley de presupuesto. Se desarrollarán y promoverán el acceso a estas acciones considerando ciertos atributos como la integralidad, la interdisciplinariedad y la oportunidad, entre otros.
- El Ministerio de Salud evaluará la incorporación de las prestaciones de salud asociadas a la atención de las personas con TEA al siguiente procedimiento de elaboración de las Garantías Explícitas en Salud (GES).
- El Ministerio de Salud se compromete, a través de su artículo cuarto transitorio, con avances concretos en la implementación de esta Ley.
- El Estado se compromete a avanzar en la determinación de la prevalencia en Chile mediante la incorporación del TEA en encuestas y/o estudios poblacionales que sean pertinentes en términos metodológicos, partiendo por incluirlo en el primer Estudio Nacional de Salud Infantil (ENSI – MINSAL).
¿Qué busca esta ley?
- El desarrollo personal y autónomo de personas con TEA.
- Poner énfasis en la inclusión social y la educación.
- Protección ante la violencia y/o discriminación en su contra.
- Impulsar la investigación científica sobre el trastorno y la divulgación de resultados.
- Realizar campañas de concientización sobre TEA.
- La detección temprana de TEA y atención de salud pertinente.
Fuente: Minsal