B.M.I es un concepto que encontramos en los seguros/planes complementarios colectivos (ese que ofrecen las empresas como beneficio para sus trabajadores).
En simple, es una condición o cláusula que ponen las aseguradoras para determinar su reembolso médico por prestación.
Entonces, si la B.M.I exigida por el seguro complementario es de 50% y la cobertura de Fonasa o de tu plan de Isapre es sobre 50%, todo sigue su curso normal y se aplica la cobertura del seguro según el porcentaje establecido.
Pero, ¿Qué ocurre si Fonasa o el plan de Isapre cubre menos del 50%? ¿No me cubrirá?
Sí, te cubrirá de todas maneras, aunque con algunos cambios, porque ya que la póliza establecía una B.M.I del 50% y tu previsión cubre menos, el seguro dice: “OK, te cubriré, pero la cobertura se aplicará sobre el 50% del valor de la prestación, no del % no cubierto por Fonasa o la Isapre”
Por ejemplo, si Juan va a una consulta con el dermatólogo y su plan de Isapre, por esa prestación cubre el 40% de $30.000 (valor de la consulta), es decir, $12.000. El, al querer usar su seguro complementario tendrá que saber que este le reembolsará considerando un total de $15.000 no de $18.000 (monto no cubierto por Fonasa o la Isapre), es decir, el 50% del total de la consulta.
En definitiva, no se hará cargo del porcentaje no cubierto por Fonasa o la Isapre. Pero recuerda, que ese porcentaje puede variar, depende de lo que se haya establecido en las condiciones particulares del seguro. En este ejemplo, el reembolso se calculó con el 50% del valor de la prestación, pero puede ser menor, eso dependerá de lo que diga la póliza.
Fuente: https://www.supersalud.gob.cl/
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