CAEC significa Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas y es una cobertura que tiene por finalidad aumentar los beneficios del plan complementario de salud en una red cerrada de prestaciones, definida por la Isapre para enfermedades catastróficas hospitalarias y algunas excepciones ambulatorias. La CAEC es un beneficio adicional al plan de salud otorgado por las Isapres.
Las prestaciones ambulatorias, excepcionalmente cubiertas por este beneficio adicional, son las siguientes:
a) las drogas inmunosupresoras en caso de trasplantes,
b) radioterapia,
c) drogas aplicadas en ciclos de quimioterapia para el tratamiento del cáncer
d) los medicamentos definidos como coadyuvantes o biomoduladores que se usan antes, durante o después de los ciclos de quimioterapia que estén considerados en los programas del Ministerio de Salud.
La CAEC se debe activar cuando a la persona se le diagnostica un problema de salud cuyo tratamiento le represente un alto costo (gasto catastrófico). Para que opere esta cobertura, la persona afiliada o beneficiaria debe concurrir a la isapre y solicitar su activación.
La persona afiliada o su representante debe solicitar previa y expresamente a la isapre la activación de esta cobertura, para lo cual debe completar y firmar el formulario “Solicitud de incorporación a la red cerrada de la CAEC y GES-CAEC”, documento que será tramitado internamente por la aseguradora. Luego, la isapre efectuará la derivación al prestador de la Red que dispone para ese efecto.
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Fuente: https://www.supersalud.gob.cl/